Uno de los principales servicios que el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos del Principado de Asturias ofrece a sus colegiados es el SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL gratuito para todos los colegiados con un importe asegurado de 60.000 €, para toda aquella actividad que el colegiado desarrolle como ingeniero agrónomo y no sea susceptible de ser visada.
La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona física o jurídica de reparar el daño que ha causado a otro, sea restituyendo lo dañado o bien por un equivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios).Se puede definir la responsabilidad como la obligación de una persona que por acción u omisión causa un daño moral, corporal o patrimonial a otro de reparar el daño producido. Aunque normalmente la persona que responde es la autora del daño, es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del daño, caso en el que se habla de «responsabilidad por hechos ajenos», como ocurre, por ejemplo, cuando a los padres se les hace responder de los daños causados por sus hijos, o al propietario del vehículo de los daños causados por el conductor con motivo de la circulación.
La responsabilidad civil puede ser contractual (art. 1101 Código Civil) o extracontractual (art. 1902 Código civil), en función del origen del incumplimiento.
Según el art. 1902 del Código Civil el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder y puede referirse tanto a personas físicas como jurídicas.
Las deficiencias en las coberturas de las pólizas, pueden dar lugar a reclamaciones que no estén amparadas por éstas.
Como se ha indicado anteriormente, el que causa un daño está obligado a repararlo. Así pues, el responsable del daño responde para su resarcimiento con todo su patrimonio, esto es: con su nomina, sus cuentas bancarias, sus inversiones, su vivienda habitual y ocasional, su coche, sus objetos de valor, en definitiva con todas sus posesiones.
La elección de una buena póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para todas las actuaciones profesionales y que todas estas actuaciones profesionales tienen un “riesgo potencial” y no podemos dejar a ninguna sin cobertura, situaciones que desembocan en embargos y otras situaciones desagradables para el profesional.
Un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional debe contar con una serie de premisas que son indispensables:
Además, una buena compañía aseguradora debe ser:
En épocas de crisis, compañías que habitualmente no operan en el ramo de Responsabilidad Civil Profesional “salen” al mercado a recaudar este tipo de primas sin tener ningún tipo de preparación, ni infraestructura para atender este tipo de pólizas y sin experiencia para gestionar siniestros de la intensidad económica de las reclamaciones derivadas de la actuación profesional de los ingenieros.
Estas empresas no especializadas, desarrollan prácticas muy perjudiciales para la imagen y la tranquilidad del profesional, ya que optan por no asumir las reclamaciones, denegando cobertura y dejando su respuesta a la espera del desarrollo de la demanda y el juicio, cuestión que origina sensación de desprotección y la necesidad de que el profesional exponga sus bienes para avalar posibles incidencias.
Por economía de escala, el Colegio consigue siempre mejores precios porque:
Además, el Colegio, amparado por el mejor despacho de abogados de este ramo, Muñoz Arribas, vigila los siguientes aspectos de las pólizas en nombre y beneficio de los colegiados:
La empresa aseguradora es Zurich Sucursal en España PLC. Especialistas en Responsabilidad Civil Profesional desde siempre, con una estructura adaptada a este ramo.
Esta compañía está entre los 5 grupos aseguradores mayores de Europa y tiene presencia en los cinco continentes.
Ante un accidente súbito e imprevisto de daños materiales:
Ante un accidente de daños corporales:
En todos los casos:
En esta sección se pueden descargar los informes y la juridisprudencia relacionada con las atribuciones y competencias del Ingeniero Agrónomo que van llegando al COIAAS:
(Nota: algunos informes son demasiado extensos para poder ser subidos a la red, pero los puedes solicitar en: coiastur@iies.es , te los haremos llegar) (*)
2006 Balsas de Riego AJ 020_06 Defensa Profesional 29 junio 2006 (*)
2008 09 26 SENTENCIA_DEPURADORA-VERTIDO CAUCE PUBLICO no competencia IA (*)
2012 06 13 Sentencia Galicia Traídas de Agua (*)
2008 12 11 SENTENCIA MONTES_I.A. SI REFORESTACIÓN TIERRAS AGRARIAS (*)
2008 10 27 sentencia ITF -cebadero corderos. Ayto. Nerpio (*)
2010 09 SENTENCIA JUZGADO PARCELACION (*)
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Fax: Envíe el formulario al número 985 27 17 00. El justificante de envío servirá como acuse de recibo.
Correo electrónico. Envíe el formulario PDF firmado digitalmente a: coiastur@iies.es. Recibirá confirmación del registro.
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